jueves, 3 de septiembre de 2009

LA POLITICA AMBIENTAL COLOMBIANA

ARTÍCULO l.- Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana seguirá los siguientes principios
generales:

1. El tratado de rio de janeiro: El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo
sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

2. Desarrollo sostenible: La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida
prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.

3. Derecho a un Ambiente sano: Las políticas de población tendrán en cuenta el derecho de los seres humanos a una vida saludable y productiva en
armonía con la naturaleza.

4. La proteccion de paramos:Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de
protección especial.

5. La proteccion de los recursos hidricos: En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso.

6. Toma de decisiones a partir de la investigacion: La formulación de las políticas ambientales tendrán cuenta el resultado del proceso de investigación científica. No
obstante, las autoridades ambientales y los particulares darán aplicación al principio de precaución conforme al cual,
cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón
para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente

7.Costos ambioentales: El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos para la
prevención, corrección y restauración del deterioro ambiental y para la conservación de los recursos naturales
renovables.

8. Paisaje protegido: El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido.

9. Atencion y prevencion de desastres: La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de
su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento.

10. Acciones conjuntas apoyos de ong: La acción para la protección y recuperación ambientales del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la
comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado. El Estado apoyará e incentivará la conformación
de organismos no gubernamentales para la protección ambiental y podrá delegar en ellos algunas de sus funciones.


11. Toma de decisiones: Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones respecto a la construcción de
obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente natural o artificial.

12. Descentralizacion: El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, será descentralizado, democrático y participativo.

13. SINA:Para el manejo ambiental del país, se establece un Sistema Nacional Ambiental -SINA- cuyos componentes y su
interrelación definen los mecanismos de actuación del Estado y la sociedad civil.

14. Estructuracion: Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base criterios de manejo integral del medio
ambiente y su interrelación con los procesos de planificación económica, social y física

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